Leyes para conductores adolescentes en Washington: permiso, toque de queda y pasajeros
Washington le pone a cada familia una decisión a los 15 años que, sin hacer ruido, define los tres siguientes. Si inscribes al adolescente en un curso de manejo aprobado, el permiso se puede expedir a los 15, le dispensan el examen escrito para obtenerlo y la licencia queda al alcance a los 16. Si se saltan el curso, las dos fechas se recorren: el permiso espera a los 15 años y medio y la licencia espera a los 18. Entre esos dos polos está la licencia intermedia, cuyas restricciones Washington redactó para que se apaguen solas: unas a los seis meses, otras con un solo año limpio y todas a los 18. Este texto es para el adolescente que va a manejar y para el adulto que firma por él, y lee las restricciones contra el RCW 46.20.075 y no solo contra la tabla resumida, porque la ley trae partes que la tabla no.
Dos puertas al permiso: los 15 con curso, los 15 y medio sin él
El RCW 46.20.055(1) escribe la edad como una disyuntiva. El departamento puede expedir el permiso de instrucción a quien tenga al menos 15 años y medio; o a quien tenga al menos 15 años, haya presentado una solicitud en forma y esté inscrito en un curso de educación vial —ya sea uno que forme parte de un programa de educación en seguridad vial autorizado por la oficina del superintendente de instrucción pública y certificado bajo el capítulo 28A.220 RCW, o uno impartido por una escuela de manejo con licencia e inspección del Departamento de Licencias bajo el capítulo 46.82 RCW— que incluya práctica de manejo. La página del permiso del DOL convierte esa bifurcación en una decisión que les pide a las familias tomar desde el principio: definan a qué edad quieren la licencia.
En la ruta del curso los tiempos son apretados y el DOL los detalla. Inscríbete en un curso aprobado, dale a la escuela tu número WDL para que avise al DOL que estás inscrito, y luego completa la solicitud del permiso no antes de 10 días previos al arranque del curso —fines de semana y feriados cuentan dentro de esos 10 días— y trata de terminarla antes de que empiece, porque vas a manejar durante el curso. Si eres menor de 18, tu padre, madre o tutor debe estar presente para dar el permiso en línea. La foto en el permiso es opcional y cuesta una vuelta: exige cita en una oficina de licencias con documentos de identidad y, tratándose de un menor, con el padre, madre o tutor y documentos que acrediten ese vínculo, como acta de nacimiento, papeles de adopción o registros escolares.
Por cualquiera de las dos puertas, al final aplican la misma cuota de $35 y la misma espera. El DOL expide un permiso provisional de papel en cuanto terminas la solicitud y pagas, y con ese andas hasta que llegue por correo la tarjeta definitiva, en 7 a 10 días hábiles: un plástico duro parecido a una identificación o una licencia, con la leyenda Instruction Permit en el encabezado. Si a los 30 días no llega nada, la página te dice que llames. Hay una advertencia ahí que se pasa por alto justo cuando la familia planea un viaje: tu permiso de aprendiz de Washington puede no ser válido para manejar en otro estado, así que confirma que te lo van a reconocer antes de salir.
La dispensa del examen escrito y qué pasa cuando se acaba el permiso
Un adolescente en la ruta del curso normalmente nunca presenta el examen escrito en una oficina de licencias para sacar el permiso. El RCW 46.20.055(2) permite al departamento dispensar el examen escrito si, al momento de solicitar, la persona está inscrita en un curso de educación vial según lo definen el RCW 46.82.280 o el 28A.220.020, y puede pedir el comprobante de inscripción que juzgue necesario. La página del permiso dice la consecuencia para el examen: te lo aplican dentro del propio curso, así que no tienes que presentarlo aparte en una oficina de licencias. Fuera de la ruta del curso el orden se invierte: la página te manda a estudiar con la guía del conductor y el examen de práctica, luego a presentar y aprobar el examen de conocimientos en persona en una sede de examen aprobada, y después a completar la solicitud del permiso.
Los permisos no duran para siempre, y la ley es más estricta que el resumen. El RCW 46.20.055(4) lo hace válido por un año desde su expedición, autoriza al departamento a expedir un permiso adicional de un año y autoriza un tercero solo si determina, tras una investigación, que la persona está buscando con diligencia mejorar su destreza al volante; cada expedición adicional cuesta $25. La página del DOL comprime todo eso en que el permiso vale un año y se renueva dos veces, y luego suma la consecuencia práctica: si después de las dos renovaciones todavía necesitas permiso, puedes tramitar uno nuevo, pero tienes que repetir el examen de conocimientos, salvo que estés inscrito en un curso de manejo. La renovación se hace en línea con una cuenta de License Express o con cita en una oficina.
Cincuenta horas, diez de ellas de noche, y tres supervisores distintos
La bitácora de práctica es la parte que un padre de familia vive de verdad. El RCW 46.20.075(1)(e) exige una certificación del padre, madre, tutor, empleador o adulto responsable que haga constar dos cosas: que la persona acumuló al menos 50 horas de experiencia al volante, 10 de ellas de noche, supervisada por alguien de al menos 21 años que haya tenido licencia vigente por al menos tres años; y que no tiene una notificación de infracción o una multa de tránsito pendiente al momento de solicitar. La página de solicitud del DOL para 16 y 17 años escribe ese mismo total partido en dos: 40 horas de manejo de día y 10 horas de noche con alguien licenciado que tenga su licencia desde hace por lo menos 3 años.
Fíjate en que Washington publica tres descripciones distintas del adulto que va de copiloto, y cada una responde a una pregunta diferente. La certificación de las 50 horas habla de alguien de al menos 21 años con tres años o más de licencia. La regla de la página del permiso para poder manejar en vía pública exige un conductor licenciado con al menos 5 años de experiencia, y agrega que puedes llevar otros pasajeros de cualquier edad. Y el RCW 46.20.055(3)(c) ensancha ese mismo asiento para admitir a un instructor de curso de manejo calificado bajo el capítulo 46.82 o el 28A.220 RCW, o a un conductor licenciado con al menos cinco años de experiencia. La lectura segura es la más estricta para el viaje que vas a hacer: en vía pública y con permiso, siéntate junto a alguien con cinco años, y asegúrate de que las horas que anotas las supervisó un adulto que además cumpla la edad y la antigüedad que pide la certificación.
Los teléfonos quedan fuera desde la primera hora de práctica, no desde la licencia. El RCW 46.20.055(3)(b) permite manejar con permiso solo si la persona no está usando un aparato de comunicación inalámbrica, salvo que lo use para reportar una actividad ilegal, pedir ayuda médica o de otra emergencia, o evitar una lesión a una persona o un daño a la propiedad. La página del permiso dice la misma regla en un renglón: no uses el celular ni otro aparato móvil mientras manejas, a menos que necesites llamar al 911.
Qué cuenta como curso de manejo y qué no
La página de solicitud juvenil del DOL publica una lista corta de cursos que no acepta, y es justo la lista con la que tropiezan las familias: cursos en línea de ritmo libre, cursos impartidos por los papás y cursos de manejo de otro estado. Ese tercero trae una salida condicionada: los cursos de otro estado sí valen si cumplen el requisito de Washington de 30 horas de aula y 6 horas de manejo tras el volante, con el comprobante enviado al programa de escuelas de manejo del DOL para su aprobación. Todo lo demás tiene que salir de la lista de escuelas aprobadas del departamento.
El RCW 46.20.100(2) dice de dónde puede venir un curso aceptable, en dos formas con nombre: una escuela secundaria dentro de un distrito escolar o escuela privada aprobada que establezca y mantenga un programa de educación vial aprobado y certificado bajo el capítulo 28A.220 RCW, o una escuela de manejo con licencia del capítulo 46.82 RCW aprobada anualmente por el Departamento de Licencias. Ese mismo inciso permite a cualquiera de esos proveedores dar hasta cuatro horas de manejo tras el volante en un solo día en casos de dificultad, como cuando el estudiante debe recorrer una gran distancia para recibirla; conviene preguntarlo si viven lejos de la escuela más cercana.
Hay dos escapes para los menores, y los dos están en el RCW 46.20.100(2). El departamento puede dispensar el curso a quien acredite a su satisfacción las tres cosas siguientes: que no pudo tomarlo ni terminarlo, que existe una necesidad de manejar y que puede hacerlo sin poner en riesgo la seguridad de las personas ni la propiedad. También puede dispensarlo a quien ya haya tenido licencia de vehículo de motor o de motocicleta en una jurisdicción recíproca fuera del estado, o presente prueba de haber recibido ahí educación equivalente a la de Washington. Desde el 1 de mayo de 2026, ese mismo inciso agregó a los requisitos del menor el curso de seguridad en zonas de obra y con socorristas del RCW 46.20.1191(3), y mantiene esa exigencia hasta el 1 de enero de 2031. Las propias páginas del DOL publican un arranque posterior: su aviso y sus tablas por edad dicen que el curso se exige al solicitante primerizo menor de 25 que obtenga la licencia el 1 de noviembre de 2026 o después, y la página del curso avisa que el curso mismo estará disponible hasta el 1 de septiembre de 2026. Las dos fechas son oficiales; planea con la de la página del DOL por la que vayas a tramitar.
Las siete condiciones de la licencia intermedia
El RCW 46.20.075(1) las enumera juntas, y todas tienen que cumplirse al mismo tiempo. La persona debe tener al menos 16 años y: haber tenido un permiso de instrucción válido por no menos de seis meses; haber aprobado un examen de licenciamiento aplicado por el departamento; haber aprobado un curso de educación vial conforme a los estándares del RCW 46.20.100; hasta el 1 de enero de 2031, haber cumplido el requisito aplicable del curso de seguridad en zonas de obra y con socorristas —condición que las propias tablas del DOL no marcan como sí hasta una licencia obtenida el 1 de noviembre de 2026 o después—; presentar la certificación del padre, madre, tutor, empleador o adulto responsable ya descrita; no haber sido condenada ni declarada responsable de una infracción de tránsito en los seis meses previos a la solicitud; y no haber sido declarada responsable, en un procedimiento, de un delito relacionado con el uso de alcohol o drogas durante el tiempo en que tuvo el permiso de instrucción.
La página del DOL agrega el detalle que le ahorra a la familia una cita perdida: esos seis meses de permiso pueden incluir el permiso de aprendiz que tuviste en otro estado. También parte la solicitud en dos canales. En línea exige un permiso de aprendiz de Washington con foto y que tu padre, madre o tutor esté presente para dar el permiso en línea; imprimes un recibo que sirve de licencia provisional, que no vale como identificación porque no trae foto, y la licencia definitiva reutiliza la foto de tu permiso de instrucción o de tu tarjeta de identificación. Debes ir en persona si necesitas una revisión de la vista actualizada. En persona significa cita, un padre o madre en la oficina o una declaración jurada de autorización parental notarizada que lleves contigo, prueba de identidad, tu número de Seguro Social o una declaración firmada de que no lo tienes, revisión de la vista, foto y las cuotas.
Hay un detalle de agenda que conviene meter al plan: antes de una solicitud en persona, asegúrate de que tu escuela de manejo ya haya enviado tu estatus de terminación del curso y tus calificaciones, y ten presente que la escuela tiene 24 horas para capturar cada calificación en el sistema una vez que la apruebas. Llegar la misma tarde en que aprobaste puede significar llegar antes que tu propio papeleo.
Las restricciones y las partes que la tabla resumida deja fuera
Primero los pasajeros. El RCW 46.20.075(2) prohíbe llevar a cualquier pasajero menor de 20 años que no sea de la familia inmediata durante los primeros seis meses desde la expedición de la licencia intermedia, o hasta que la persona cumpla 18, lo que ocurra primero; para el periodo restante de la licencia intermedia, el tope pasa a no más de tres pasajeros de ese tipo. Las tres descripciones oficiales de esa segunda etapa no coinciden palabra por palabra: la página juvenil del DOL la llama los siguientes 6 meses, la tabla de la guía del conductor la llama de los 6 meses a los 18 años o un año, lo que llegue primero, y la ley dice el periodo restante de la licencia intermedia. Toma la ley como el texto que manda y los resúmenes como taquigrafía.
Dónde más se abre la brecha es en quién cuenta como familia inmediata, y eso pesa un viernes en la noche. La página juvenil del DOL cierra la lista en cónyuge, hijo, hijastro o hermanos de nacimiento o por matrimonio. El RCW 46.20.075(9)(a) la define mucho más amplia: cónyuge o pareja de hecho, hijo, hijastro, nieto, padre o madre, padrastro o madrastra, abuelo o abuela, hermano, medio hermano, hermana o media hermana, incluidos los hijos de crianza que vivan en el hogar, más el cónyuge o la pareja de hecho de cualquiera de ellos, y esas mismas relaciones por el lado del cónyuge o la pareja de hecho, con sus respectivos cónyuges o parejas. Una abuela, un padrastro y un hermano de crianza que vive en la casa aparecen todos en la ley y ninguno aparece en la página web.
La regla nocturna tiene tres salidas publicadas, y ningún documento del DOL trae las tres juntas. El RCW 46.20.075(3) prohíbe manejar entre la 1 y las 5 de la madrugada, excepto cuando la persona va acompañada de un conductor licenciado de al menos 25 años, o cuando se trata de actividades escolares, religiosas o de trabajo, propias o de un miembro de su familia inmediata. La página juvenil del DOL solo trae al acompañante de 25 años; la tabla de la guía del conductor ensancha ese acompañante a un padre, madre, tutor o conductor licenciado de al menos 25 años; ninguna de las dos trae la parte escolar, religiosa o laboral que sí escribe la ley. Los dos documentos de la agencia sí agregan la salida agrícola, que la ley pone en el inciso (7): quien tiene licencia intermedia puede manejar a cualquier hora y sin límite de pasajeros si es necesario para fines agrícolas, lo que el DOL describe como manejar por labores del campo y trasladar productos o insumos agrícolas bajo la dirección de un agricultor, conforme al RCW 46.20.070.
La regla del teléfono es la que no caduca antes de los 18, y también la que se aplica distinto. El RCW 46.20.075(4) prohíbe manejar un vehículo en movimiento usando un aparato de comunicación inalámbrica, salvo que se use para reportar una actividad ilegal, pedir ayuda médica o de otra emergencia, o evitar una lesión a una persona o un daño a la propiedad; la página del DOL lo comprime en usar el aparato solo para reportar una emergencia. El inciso (6) dice después que esta sección solo puede hacerse valer como acción secundaria, cuando ya detuvieron al conductor por una presunta violación de este título, de una ordenanza local equivalente o de alguna otra infracción, excepto tratándose de una violación al inciso (4). Es decir: la del aparato es la única de estas reglas por la que un oficial puede pararte y multarte sin haberte detenido antes por otra cosa, y esa parte no aparece en el resumen en lenguaje sencillo del DOL.
Un año limpio y las cuatro cosas que no pueden pasar en él
Washington deja que un adolescente recupere antes las libertades de pasajeros y de horario, y el RCW 46.20.075(8) las cobra en doce meses impecables. Durante los 12 meses siguientes a la expedición de la licencia intermedia, la persona no debe haber estado en un accidente en el que solo estuvo involucrado un vehículo; no debe haber estado en un accidente en el que la citaron por él o la señalaron como causante; no debe haber estado en un accidente en el que nadie fue citado ni señalado como causante; y no debe haber sido condenada ni declarada responsable de una infracción de tránsito del capítulo 46.61 RCW ni de haber violado las restricciones de la licencia intermedia. Si las cuatro se cumplen, puede manejar a cualquier hora y sin límite de pasajeros.
No hay que tramitar nada para que eso ocurra. La página juvenil del DOL dice que tras 1 año de manejo seguro las restricciones de pasajeros y de horario caducan solas, y la guía del conductor agrega —hablando del momento en que la licencia se convierte a los 18— que las restricciones intermedias se levantan automáticamente y que puedes esperar hasta tu renovación para tener una copia física actualizada. La página juvenil del DOL plantea esa misma liberación dos veces —las restricciones de pasajeros caducan tras 1 año de manejo seguro, y las de horario nocturno también— y a ambas les cuelga la misma advertencia: las sanciones por otras violaciones siguen aplicando hasta que cumplas 18. Y la licencia en sí no requiere trámite en el cumpleaños, porque la página dice que tu licencia intermedia se convierte sola en licencia regular al llegar a los 18.
Multas, cartas de advertencia y la escalera hacia la suspensión
La página juvenil del DOL plantea tres escalones. La primera violación mantiene vivas hasta los 18 las restricciones de pasajeros y de horario nocturno y manda una carta de advertencia al adolescente y a su padre, madre o tutor; esa carta sale por una multa por violar una restricción, por una multa por violar una regla de tránsito, o por estar involucrado en un accidente en cualquiera de cuatro formas descritas: que al adolescente lo multen o lo señalen como causante, que nadie de los involucrados reciba multa, que no se pueda determinar la causa, o que su carro haya sido el único vehículo involucrado. La segunda violación suspende la licencia 6 meses o hasta que cumpla 18, lo que llegue primero. La tercera la suspende hasta los 18. La página dice que el DOL avisa al conductor y a su padre, madre o tutor antes de ejecutar cualquier suspensión.
Dos notas al pie de esa página cambian cómo debería leerse un choque en casa. El DOL dice sin rodeos que él no determina quién causó un accidente, y manda a quien quiera una copia de su reporte de colisión a la sección de reportes de colisiones de la Patrulla Estatal de Washington. El alcohol y las drogas van en categoría aparte y con desenlace más duro: la página dice que el adolescente condenado por manejar bajo la influencia, por control físico de un vehículo bajo la influencia, por consumo de alcohol siendo menor de 21, o por las violaciones de alcohol o drogas del RCW 46.20.265 mientras tenía el permiso de instrucción, deberá esperar a los 18 para tener licencia.
Las cartas tampoco se detienen a los 18. La guía del conductor de Washington indica que el DOL les escribe a todos los conductores de 18 a 21 años que reciben su primera infracción en movimiento, que las probabilidades de chocar se duplican después de esa primera infracción, y que los padres y tutores de quienes tienen licencia intermedia reciben cartas parecidas tras violaciones o accidentes, con el objetivo declarado de que el conductor joven vea el riesgo de la segunda.
Para los papás: qué cubre tu firma y quién puede firmar en tu lugar
El RCW 46.20.100(1) exige que la solicitud de un menor de 18 años para licencia de conducir o endoso de motocicleta la firme un padre, madre, tutor, empleador o adulto responsable, según lo define el RCW 46.20.075. Esa definición, en el inciso (9)(b), habla de una persona específicamente autorizada por el departamento, mayor de 21 años, que además tenga una relación familiar, de parentesco o de cuidado con el menor; o sea un profesional educativo, médico, legal, de servicios sociales o de salud mental con licencia del estado de Washington que le dé apoyo directo en su capacidad profesional; o sea empleado de una entidad de gobierno que le dé apoyo en su capacidad profesional. Las páginas del DOL enumeran esas mismas categorías en palabras más llanas y suman un límite que importa: ese adulto responsable solo puede firmar el permiso para obtener el permiso de aprendiz, y puede no servir para acreditar la identidad.
La identidad es el paso donde se puede atorar un adolescente que no tiene un adulto que coopere, y el DOL publica rutas con nombre en vez de encogerse de hombros. Si estás en acogida temporal, pídele a tu trabajador social que envíe por ti un formulario de Washington State Identicard. Si estás en el sistema de Rehabilitación Juvenil, contacta a tu trabajador social. Si estás en situación de calle e inscrito en escuela pública, busca al enlace de educación para personas sin hogar de tu escuela y, si no sabes quién es, cualquier maestro o consejero te puede dirigir con esa persona. Los servicios juveniles locales u organizaciones comunitarias pueden ayudarte a confirmar tu identidad. Y puedes ir a una oficina de licencias y pedir hablar con un supervisor sobre tu caso, algo que la página juvenil aclara que no requiere cita.
Un último papel se malinterpreta fácilmente como atajo. La guía del conductor describe los permisos agrícolas como una autorización para que menores de 18 manejen dentro de un área específica por trabajo del campo, sin edad mínima para el permiso agrícola juvenil; pero dice en la misma frase que ese permiso no sustituye al permiso de instrucción, que de todos modos tienes que sacar el de instrucción y cumplir todos los requisitos de práctica antes de tu primera licencia, y que no dispensa ninguno de los requisitos para obtenerla.
Licencias en Washington: preguntas frecuentes
Mi hijo cumple 15 el mes que entra. ¿De verdad conviene el curso de manejo?
Decide tres cosas de un jalón, no una. Con un curso aprobado, el RCW 46.20.055(1)(b) permite el permiso a los 15 en vez de a los 15 y medio, el inciso (2) deja que el departamento dispense el examen escrito para expedirlo, y la licencia queda al alcance a los 16: la página del permiso del DOL dice de plano que sin curso no puedes licenciarte hasta cumplir 18. Además, el examen de conocimientos te lo aplican dentro del curso y no en una vuelta aparte. En contra, la página de tarifas apunta que quien lleva curso de manejo paga también las cuotas de su escuela camino a la primera licencia.
¿Mi hijo de 17 puede manejar a un turno que entra a las 5 de la mañana?
Lee la excepción en la ley y no solo el resumen. El RCW 46.20.075(3) prohíbe manejar con licencia intermedia entre la 1 y las 5 de la madrugada, salvo acompañado de un conductor licenciado de al menos 25 años, o por actividades escolares, religiosas o de trabajo, propias o de un miembro de su familia inmediata. La parte laboral está en la ley; la página juvenil del DOL y la tabla de la guía solo muestran la salida del acompañante adulto, así que la familia que se apoye en la excepción de trabajo debería plantearla directamente ante el DOL antes de dar por hecho que un oficial la leerá igual. Aparte, un año de manejo seguro conforme al inciso (8) apaga por completo la restricción nocturna.
¿Hay que reemplazar la licencia intermedia al cumplir 18?
No. La página juvenil del DOL dice que la licencia intermedia se convierte sola en licencia regular, así que no hay nada que tramitar el día del cumpleaños. Lo mismo pasa con la liberación anterior: la página juvenil del DOL indica que las restricciones de pasajeros y de horario caducan tras 1 año de manejo seguro sin tramitar nada, y la guía del conductor —describiendo la conversión a los 18— dice que las restricciones intermedias se levantan automáticamente y que puedes esperar hasta tu renovación para tener una copia física actualizada de la tarjeta.
Acabamos de mudarnos y mi hijo de 16 ya tiene licencia del estado anterior. ¿Y ahora?
La página juvenil del DOL dice que sí aplican las leyes de la licencia intermedia: el conductor menor de 18 con licencia vigente de otro estado que se vuelve residente de Washington debe obtener una licencia intermedia de Washington. En la práctica: haz cita, pide al DOL que apruebe tu educación vial de fuera enviando el certificado a su programa de escuelas de manejo, y lleva prueba de identidad, prueba de la licencia del otro estado y prueba de haber tenido el permiso al menos 6 meses; la guía confirma que el DOL verifica tanto la educación vial de fuera como ese periodo de seis meses. Un padre o madre firma en la oficina, o manda una declaración jurada de autorización parental notarizada.
¿La abuela de mi hijo cuenta para la regla de pasajeros?
Según la definición de la ley, una abuela sí es familia inmediata. El RCW 46.20.075(9)(a) incluye cónyuge o pareja de hecho, hijo, hijastro, nieto, padre o madre, padrastro o madrastra, abuelo o abuela, hermano, medio hermano, hermana o media hermana, los hijos de crianza que vivan en el hogar, el cónyuge o pareja de hecho de cualquiera de ellos, y esas mismas relaciones por el lado del cónyuge o la pareja. La página juvenil del DOL imprime una lista mucho más corta —cónyuge, hijo, hijastro, hermanos de nacimiento o por matrimonio—, así que los dos documentos no dicen lo mismo. Ten presente además que el tope de pasajeros solo alcanza a menores de 20 años, así que un familiar adulto queda fuera de todos modos.
¿Una tía o un maestro pueden firmar el permiso si no está ninguno de los papás?
Puede ser, con límites. El RCW 46.20.075(9)(b) define al adulto responsable como alguien específicamente autorizado por el departamento, mayor de 21 años, que tenga una relación familiar, de parentesco o de cuidado con el menor; o sea un profesional educativo, médico, legal, de servicios sociales o de salud mental con licencia del estado de Washington que lo apoye en su capacidad profesional; o sea empleado de gobierno que haga lo mismo. Las páginas del DOL suman al empleador en la lista en lenguaje llano y marcan el límite con claridad: esa persona solo puede firmar el permiso para obtener el permiso de aprendiz, y puede no servir para acreditar la identidad, que el DOL resuelve por vías aparte.
Fuentes oficiales
- DOL de Washington — obtén tu permiso de aprendiz: rutas por edad, renovaciones, supervisión y permisos de otros estados
- DOL de Washington — solicitud de licencia de 16 a 17 años: requisitos, restricciones y sanciones
- RCW 46.20.075 — Licencia intermedia: condiciones, restricciones de pasajeros y de noche, familia inmediata
- RCW 46.20.055 — Permiso de instrucción: edades mínimas, dispensa del examen escrito, quién supervisa y vigencia
- RCW 46.20.100 — Menores de 18 años: firma parental y requisito de educación vial
- Guía del Conductor de Washington, publicación 520-400 (R/4/25): tabla de licencia intermedia, cartas de advertencia y permisos agrícolas
Verificado con fuentes oficiales del estado el 19 de agosto de 2026.